Que es el Reglamento de Régimen Interno
Establece normas de
convivencia de obligado cumplimiento para todos los vecinos
En las comunidades de
propietarios, además de los estatutos existen otro tipo de normas que pueden
establecer los propietarios para regular la convivencia, estas se disponen en
el reglamento de régimen interno o reglamento de régimen interior.
Dicha circunstancia
viene regulada en el artículo 6 LPH.
Normas que se pueden
incluir en el régimen interno o reglamento régimen interior
El reglamento de régimen
interno o reglamento de régimen interior es el conjunto de normas que regulan
los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y
cosas comunes y por lo tanto no pueden:
- Tratar sobre los
elementos privativos
- Contener limitaciones
de dominio
- Contener regulación
sobre aspectos reservados por la Ley de propiedad horizontal al título
constitutivo o a los estatutos: por ejemplo la cuota de participación o las
actividades prohibidas
- No pueden estar en
contradicción con el título constitutivo ni con los estatutos de la comunidad
Por ejemplo, si podrían
tratar estas normas de régimen interior sobre:
- Uso de los servicios
comunes: reglas de uso de los ascensores, meses de funcionamiento de la
calefacción general, horario de apertura y cierre del portal común
- Normas de
convivencia: tenencia de animales, horas para sacar la basura a alguna zona
común, horas para ruidos de obras, horas de uso de la piscina o elementos
deportivos
- Normas sobre
facultades de los órganos de la comunidad: limitaciones a las facultades del
presidente, etc.
- Normas sobre el
sueldo y funciones de los empleados de la comunidad
- Normas sancionadoras
para el caso de incumplimiento de las reglas contenidas en el reglamento de
régimen interior
Aprobación y
modificación
Si como administrador,
presidente o simplemente vecino de una comunidad de propietarios quieres que se
apruebe un reglamento de régimen interno o reglamento de régimen interior o que
se modifiquen sus normas, debes tener en cuenta que la junta de propietarios es
el órgano competente para debatir y aprobar estas normas.
Si es en primera
convocatoria, se aprueban y modifican por mayoría del total de propietarios que
a su vez representen la mayoría de las cuotas de participación si lo hacen en segunda
convocatoria, se necesita que lo aprueben la mayoría de asistentes que a su vez
representen más de la mitad de dichas cuotas de participación.
¿Qué se puede hacer
cuando un vecino, propietario u ocupante las incumple?
De poco servirán los
reglamentos de régimen interior, si los vecinos no se proponen respetar las
normas que contienen.
Es muy habitual que
pese a la existencia de este tipo de normas se produzca el incumplimiento de
las mismas reiteradamente y aunque las normas del reglamento de régimen interno
son de obligado cumplimiento, lo que ocurre es que la comunidad de propietarios
no tiene ningún tipo de poder para imponer sanciones por ello. La única
solución posible es requerir al propietario que incumple, de forma fehaciente,
para que cumpla el contenido del Reglamento de Régimen Interior. Y si hace caso
omiso, aprobar en reunión de la Junta de propietarios la reclamación por vía
judicial.

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